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EL CLIMA EN PERGAMINO

LOCALES

16 de abril de 2020

Dirección de Rentas de la Municipalidad

Se exime del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo del corriente año, a aquellos contribuyentes de dicha Tasa que habiendo realizado la liquidación mensual correspondiente de Ingresos Brutos atribuibles al Partido de Pergamino, calculados en base a la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2020, la misma arroje un importe a abonar de la Tasa de Seguridad e Higiene igual o inferior a $1500.

La Municipalidad, a la través de la Dirección de Rentas, informa que se exime del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo del corriente año, a aquellos contribuyentes de dicha Tasa que habiendo realizado la liquidación mensual correspondiente de Ingresos Brutos atribuibles al Partido de Pergamino, calculados en base a la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2020, la misma arroje un importe a abonar de la Tasa de Seguridad e Higiene igual o inferior a $1500. Serán beneficiarios además y/o sanatorios privados, clínicas del Partido de Pergamino, que se encuentren afectados a la asistencia de pacientes con sospecha o confirmación de Covid-19, en unidades de cuidados intensivos, independientemente de los montos que establezca la liquidación efectuada.
Los beneficiarios de esta eximición no deberán realizar ningún trámite virtual o presencial, sólo liquidar la obligación mensual para que el Departamento Ejecutivo procese la eximición de los períodos.
Asimismo, se recuerda que hasta el momento y desde que se decretó la emergencia sanitaria se han decretado disposiciones sobre tributos municipales. Para conocer los mismos deberán ingresar al siguiente link: https://vppergamino.pergamino.gob.ar/emergencia.php

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